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Compromiso Reactivación Colombia II

Línea de crédito directo con tasa compensada que busca apoyar a las Entidades Territoriales con recursos para impulsar la reactivación de la actividad económica en los territorios.

Condiciones

Beneficiarios:

  • Entidades Territoriales: Departamentos, Distritos y Municipios

Uso de los Recursos:

  • Financiación de proyectos y/o gastos de inversión

Tasa Final:

  • Municipios de categoría 3, 4, 5 y 6, Departamentos 3 y 4 y Distritos de categoría 3, 4, 5 y 6: IBR + 1,10% M.V. (Mensual Vencido) o IBR + 1,25% T.V. (Trimestral Vencido) o IBR + 1,45% S.V. (Semestral Vencido)
  • Para distritos especiales 1 y 2, Departamentos Especiales y de categoría 1 y 2 y Municipios Especiales y de categoría 1 y 2: IBR + 1,60% M.V. (Mensual Vencido) o IBR + 1,75% T.V. (Trimestral Vencido) o IBR + 1,95% S.V. (Semestral Vencido)

Plazo total:

Hasta diez (10) años con hasta 3 años de periodo de gracia a capital.

Vigencia de la Línea:

Hasta agotar los recursos.

Transforme Su Territorio Con Nosotros

Permítanos contactarlo para conocer sus necesidades y ayudarlo a cumplir sus planes de desarrollo.

* Solicitudes únicamente para personas jurídicas.

Caribe: 320 490 2593 / 301 754 8949
Noroccidental: 314 336 4910 / 316 345 4257
Nororiental: 321975 9881 / 320 490 2576
Eje Cafetero: 320 490 2594 / 322 523 8014
Pacífico: 314 682 4441 / 312 818 2460
Centro: 322 214 1371 / 315 333 8876
Línea nacional gratuita: 01 8000 11 66 22 
Consulte el listado de gerentes de cuenta de Findeter

Requisitos para la solicitud del crédito



¿Cómo Acceder a la Línea?

El Gobierno Nacional autorizó a Findeter para otorgar recursos de crédito directo con tasa compensada dirigido a financiar proyectos en los sectores elegibles para conjurar la crisis o impedir la extensión de sus efectos en el territorio nacional.

De esta forma, Findeter y el Gobierno Nacional apoyan a las gobernaciones y alcaldías a financiar proyectos encaminados a la reactivación económica y generación de empleo con el fin de conjurar los efectos del Covid – 19 y aliviar la presión originada en la reducción de sus ingresos.

Requisitos para solicitud de crédito

  1. Descargable de requisitos y documentos
  2. Descargable de certificación de ecesidad y uso.

Requisitos para la vinculación

  1. Fotocopia del RUT
  2. Fotocopia documento de identificación Representante Legal.
  3. Fotocopia del acta de posesión del Representante Legal.
  4. Estados financieros certificados del último cierre fiscal.
  5. Certificado de cumplimiento de la Ley 1121 de 2006.
  6. Formularios de conocimiento ampliado para personas expuestas políticamente y públicamente (PEP) identificadas en las secciones IV y V (Consolidar en un solo archivo).
  7. Formulario de Vinculación y Actualización - Crédito Directo, diligenciado.

Garantías

Pignoración de las rentas del municipio, distrito, departamento que sean admisibles para los créditos directos otorgados por Findeter.

Cobertura de las garantías:

Findeter exigirá la pignoración de las rentas mínimo por el equivalente al 130% del servicio anual de la deuda (incluido capital e intereses), durante la vigencia del crédito directo. Si las rentas dadas en prenda disminuyeran de tal forma que no alcancen a cubrir el 130% del servicio anual, Findeter exigirá al municipio, distrito, departamento sustituir, reemplazar o complementar las rentas pignoradas.

Documentos de Interés

Decretos:

  • Decreto 417 del 17 de marzo de 2020
  • Decreto 444 del 21 de marzo de 2020
  • Decreto 468 del 23 de marzo de 2020
  • Decreto 473 del 25 de marzo 2020
  • Decreto 637 del 6 de mayo 2020.
  • Decreto 678 del 20 de mayo de 2020

Circulares:

  • Circular Externa 17 Compromiso Reactivación Tramo 2
  • Alcance Circular Externa No. 01 Compromiso Reactivación Tramo 2
  • Circular Externa No. 14 Adición de recursos a la Línea Reactivación Tramo 2

Política de Cobranza

FALTA INFORMACION CARROUSEL PROYECTOS EXITOSOS.
FIN